Monday, October 09, 2006

PROCESO JURISPRUDENCIAL

Se entiende por jurisprudencia las reiteradas interpretaciones que de la normas jurídicas hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones, y constituye una de las Fuentes del Derecho, según el país. También puede decirse que es el conjunto de fallos firmes y uniformes dictadas por los órganos jurisdiccionales del Estado.

Esto significa que para conocer el contenido cabal de las normas vigentes hay que considerar cómo las mismas se vienen aplicando en cada momento. El estudio de las variaciones de la jurisprudencia a lo largo del tiempo es la mejor manera de conocer las evoluciones en la aplicación de las leyes, quizá con mayor exactitud que el mero repaso de las distintas reformas del derecho positivo que en algunos casos no llegan a aplicarse realmente a pesar de su promulgación oficial.

En el derecho anglosajón es una fuente de primera magnitud debido a que los jueces deben fundamentar sus decisiones o sentencias judiciales mediante un estudio minucioso de los precedentes.
En el derecho latino es una fuente de capital importancia a la hora de fundamentar los recursos a los órganos judiciales más elevados que son los encargados de uniformar la aplicación de las leyes por parte de los diversos y variados órganos judiciales de inferior rango.
En todo caso tampoco el estudio de las sentencias nos da la medida exacta de la realidad del derecho porque ocurre que en ocasiones y por diversas razones las sentencias dejan de cumplirse o aplicarse.
Esto es así especialmente cuando el poder judicial entra en colisión con otros poderes del Estado moderno como el ejecutivo y el legislativo, y aunque compromete el principio de separación de poderes es un fenómeno que no puede desconocerse completamente al elaborar un Teoría del Derecho a riesgo de que aparezca como totalmente separada de la realidad jurídica y social.
México
En el caso específico de México, la jurisprudencia se conforma de cinco resoluciones que, sobre un mismo tema, haga la Suprema Corte de Justicia de la Nación sin que se le interponga una sola en caso contrario. También puede formarse a través de contradicción de tesis, que consiste en que el Pleno o las Salas de la Suprema Corte resuelvan el criterio que debe sostenerse sobre una cuestión en particular donde existen posiciones contrarias o diversas sostenidas por Tribunales Colegiados de Circuito o incluso por las Salas de la Suprema Corte.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el máximo tribunal de Poder Judicial de la Federación de México.
Se compone de 11 ministros que son electos para un periodo de 15 años, de los cuales uno es su Presidente. Para su elección el Presidente de la República propone al Senado de la República una terna de candidatos para cada puesto y, previa comparencia, el Senado elige a uno de ellos por una mayoría de dos terceras partes.
Los requisitos para ser electo Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación son:
Tener 35 años cumplidos al día de la elección.
Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por un delito que merezca pena corporal de más de un año de prisión.
Haber residido en el país por lo menos dos años antes de su elección.
No ser tenido el año previo al nombramiento ningún cargo en alguno de los otros dos poderes federales o gobiernos estatales.
Los ministros solo pueden ser removidos de su cargo por el vencimiento de su periodo, por renuncia por causas graves o por jubilación solicitada por ellos mismos, siempre y cuando reúnan los requisitos que la ley señala para ello. No son reelegibles.
Funcionamiento
La Suprema Corte funciona en Pleno o en Sala (el Presidente de la Suprema Corte no integra sala) y tiene cada año dos períodos de sesiones; el primero comienza el primer día hábil del mes de enero y termina el último día hábil de la primera quincena del mes de julio; el segundo comienza el primer día hábil del mes de agosto y termina el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre.

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